| Baja definitiva | Baja temporal | |
|---|---|---|
| Cuándo | El coche va al desguace | Dejas de usarlo un tiempo, por ejemplo por un viaje largo o hasta venderlo |
| Dónde | En un desguace autorizado (CAT) | En la DGT, por internet o con cita |
| El coche puede circular | No, nunca más | No, hasta que lo des de alta de nuevo |
| Impuesto de circulación | Dejas de pagarlo | Dejas de pagarlo mientras dure la baja |
Baja definitiva
El desguace autorizado recoge el coche, emite el certificado de destrucción y comunica la baja a la DGT. Debes llevar el permiso de circulación, la ficha técnica y tu DNI. Nunca entregues el coche a un desguace no autorizado: seguirías figurando como titular.
Baja temporal
Se solicita en la sede de la DGT, pagando la tasa correspondiente. Durante la baja no puedes circular, aunque puedes mantener el coche aparcado fuera de la vía pública. Para volver a usarlo, solicita el alta y comprueba que la ITV está en vigor.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que estar al día del impuesto de circulación?
Sí. Para tramitar la baja suele exigirse tener pagado el impuesto del año en curso.