Cuotas mínimas del impuesto
La Ley de Haciendas Locales fija estas cuotas mínimas anuales para turismos. Cada ayuntamiento puede multiplicarlas por un coeficiente de hasta 2:
| Potencia fiscal | Cuota mínima | Cuota máxima (×2) |
|---|---|---|
| Menos de 8 CV | 12,62 € | 25,24 € |
| De 8 a 11,99 CV | 34,08 € | 68,16 € |
| De 12 a 15,99 CV | 71,94 € | 143,88 € |
| De 16 a 19,99 CV | 89,61 € | 179,22 € |
| 20 CV o más | 112,00 € | 224,00 € |
Para motos, la cuota mínima va de 4,42 € (hasta 125 cc) a 60,58 € (más de 1.000 cc).
Quién lo paga y cuándo
Lo paga quien figura como titular del vehículo el 1 de enero, y se abona una vez al año en el ayuntamiento donde está domiciliado el coche. Cada municipio fija su periodo de pago; muchos lo cobran en primavera.
Si compras o vendes un coche a mitad de año, el impuesto de ese año lo paga quien era titular el 1 de enero, aunque es habitual pactar el reparto en el contrato.
Bonificaciones habituales
- Vehículos eléctricos e híbridos: muchos ayuntamientos bonifican hasta el 75 %.
- Vehículos históricos o de más de 25 años: bonificaciones de hasta el 100 % en algunos municipios.
- Personas con discapacidad: exención en las condiciones que marca la ley.
Preguntas frecuentes
¿Dónde veo la potencia fiscal de mi coche?
En la ficha técnica (tarjeta ITV), en el apartado de potencia fiscal. Se expresa en CVF y no coincide con los caballos de potencia del motor.
¿Qué pasa si no pago el impuesto de circulación?
El ayuntamiento lo reclama con recargos y, además, sin estar al corriente no podrás hacer la transferencia ni dar de baja el coche.